Dispositivo Relance Logement

Marco jurídico y fiscal del nuevo mecanismo de amortización para arrendadores privados - Ley n° 2026-103, artículo 12 octies

Ley promulgada el 19 de febrero de 2026 Ley n° 2026-103 - Artículo 12 octies

Presentación oficial

El Dispositivo Relance Logement, comúnmente llamado "dispositivo Jeanbrun" en honor al ministro de la Ciudad y la Vivienda Vincent Jeanbrun, es un mecanismo de amortización fiscal destinado a los arrendadores privados. Creado por el artículo 12 octies de la Ley n° 2026-103 del 19 de febrero de 2026 de presupuestos para 2026, sucede al dispositivo Pinel que dejó de surtir efectos el 31 de diciembre de 2024.

Origen: El dispositivo surge del informe "Pour une relance durable de l'investissement locatif" entregado el 30 de junio de 2025 por el senador Marc-Philippe Daubresse (LR) y el diputado Mickaël Cosson (MoDem) a Valérie Létard, entonces ministra de la Vivienda.

A diferencia del Pinel, que ofrecía una reducción directa de impuestos, el Dispositivo Relance Logement se basa en una amortización anual deducible de los ingresos por alquiler e imputable sobre la renta global. Este cambio de mecanismo representa una evolución significativa de la política fiscal en materia de inversión inmobiliaria.

Características principales

Amortización anual
3% a 5,5%
Según tipo de inmueble y nivel de alquiler
Déficit inmobiliario
10 700 euros/año
Imputable sobre la renta global, o 21 400 € si renovación energética
Compromiso de alquiler
9 años
Alquiler no amueblado, residencia principal
Zonificación
Ninguna
Todo el territorio francés
Inmuebles elegibles
Colectivos
Solo edificios colectivos, no viviendas unifamiliares

Marco legislativo

El Dispositivo Relance Logement ha seguido un recorrido parlamentario complejo en el marco del proyecto de ley de presupuestos para 2026.

Recorrido parlamentario

30 de junio de 2025

Informe Daubresse-Cosson

Entrega del informe "Pour une relance durable de l'investissement locatif" por el senador LR Marc-Philippe Daubresse y el diputado MoDem Mickaël Cosson a Valérie Létard, ministra de la Vivienda.

12 de octubre de 2025

Nombramiento de Vincent Jeanbrun

Vincent Jeanbrun es nombrado ministro de la Ciudad y la Vivienda. El dispositivo llevará su nombre en el debate público.

14 de octubre de 2025

Presentación del PLF 2026

El proyecto de ley de presupuestos 2026 (n.º 1906) es presentado en la Asamblea Nacional. El dispositivo se integra mediante varias enmiendas, entre ellas la I-582 (Rect) de Charles de Courson y la I-3970.

14 de noviembre de 2025

Votación en la Asamblea Nacional

La Asamblea adopta un compromiso transpartidista por 158 votos contra 49, antes de rechazar el presupuesto global (404 votos en contra).

30 de noviembre de 2025

Adopción en el Senado

El Senado adopta el texto tras una subenmienda gubernamental (n.º I-2752) que reduce el coste presupuestario de 4 700 millones de euros a 1 200 millones de euros.

19 de diciembre de 2025

Fracaso de la CMP

La Comisión Mixta Paritaria (CMP) no logra un acuerdo entre la Asamblea Nacional y el Senado.

20 de enero de 2026

Recurso al 49.3 (primera lectura)

El primer ministro Sébastien Lecornu compromete la responsabilidad del gobierno sobre el texto mediante el artículo 49 párrafo 3 de la Constitución.

23 de enero de 2026

Presentación oficial

El gobierno presenta oficialmente el dispositivo bajo el nombre "Relance Logement".

21 de enero de 2026

Recurso al 49.3 (nueva lectura)

El primer ministro compromete nuevamente la responsabilidad del gobierno sobre el texto en nueva lectura en la Asamblea Nacional.

27 de enero de 2026

Texto considerado como adoptado (AN)

El texto se considera adoptado por la Asamblea Nacional, al no haber prosperado ninguna moción de censura.

29 de enero de 2026

Rechazo por el Senado

El Senado rechaza el texto mediante la adopción de una cuestión previa.

2 de febrero de 2026

Adopción definitiva del presupuesto 2026

El presupuesto 2026 es adoptado definitivamente por la Asamblea Nacional tras un último recurso al artículo 49.3 de la Constitución. Las mociones de censura presentadas son rechazadas.

4-6 de febrero de 2026

Recursos ante el Consejo Constitucional

El Consejo Constitucional es consultado por cuatro demandantes: La France Insoumise (LFI), Rassemblement National (RN), Parti Socialiste (PS) y Écologistes.

19 de febrero de 2026

Decisión del Consejo Constitucional

Decisión n° 2026-901 DC del 19 de febrero de 2026: el Consejo Constitucional valida la ley de presupuestos para 2026. El artículo 12 octies (Dispositivo Relance Logement) no fue objeto de ninguno de los recursos y no fue censurado.

19 de febrero de 2026

Promulgación

Promulgación de la Ley n° 2026-103 del 19 de febrero de 2026 de presupuestos para 2026 por el Presidente de la República.

20 de febrero de 2026

Publicación en el Journal officiel

La ley de presupuestos para 2026 es publicada en el Journal officiel de la République française n° 0043 del 20 de febrero de 2026.

Primavera de 2026

Textos de aplicación

Publicación de los textos de aplicación (formulario 2044-EB, baremo 2026 de topes, condiciones de convenio): el dispositivo es plenamente aplicable.

Referencias legislativas

Referencia Objeto
Ley n° 2026-103 del 19 de febrero de 2026 Ley de presupuestos para 2026 (JO n° 0043 del 20/02/2026)
Artículo 12 octies Creación del mecanismo de amortización para arrendadores privados
Decisión CC n° 2026-901 DC Decisión del Consejo Constitucional del 19 de febrero de 2026 que valida la ley de presupuestos
Enmienda I-582 (Rect) Enmienda de Charles de Courson que instaura el dispositivo
Enmienda I-3970 Prohibición del alquiler a ascendientes/descendientes y parientes políticos (2.º grado)
Subenmienda I-2752 Control presupuestario que reduce el coste a 1 200 millones de euros

Mecanismo fiscal

El Dispositivo Relance Logement introduce una amortización anual sobre la base del 80% del precio de adquisición del inmueble (excluido el terreno estimado en un 20%). Las tasas y los topes varían según el tipo de inmueble y el nivel de alquiler aplicado.

Tasas de amortización - Vivienda nueva

Aplicable a las viviendas nuevas o en VEFA, que cumplan la RE2020 y dispongan de un DPE clase A o B, terminadas después del 1 de enero de 2026.

Nivel de alquiler Tope de alquiler Tasa anual Tope anual
Intermedio Tope Pinel 3,5% 8 000 euros
Social tope social específico del municipio 4,5% 10 000 euros
Muy social tope muy social específico del municipio 5,5% 12 000 euros

Tasas de amortización - Vivienda antigua con obras

Aplicable a las viviendas antiguas situadas en edificios colectivos, con obras que representen al menos el 30% del precio de adquisición y un DPE clase A o B después de las obras.

Nivel de alquiler Tope de alquiler Tasa anual Tope anual
Intermedio Tope Pinel 3% 8 000 euros
Social tope social específico del municipio 3,5% 10 000 euros
Muy social tope muy social específico del municipio 4% 12 000 euros
Base amortizable: 80% del precio de adquisición (la parte correspondiente al terreno, estimada en un 20%, está excluida).

Déficit inmobiliario

La amortización es deducible de los ingresos por alquiler. Cuando las cargas deducibles (incluida la amortización) superan los ingresos por alquiler, se constata un déficit inmobiliario:

  • Imputable sobre la renta global con un límite de 10 700 euros anuales o 21 400 € si renovación energética
  • El excedente es trasladable a los ingresos por alquiler de los 10 años siguientes

Condiciones de elegibilidad

Inmuebles elegibles

Vivienda nueva / VEFA

  • Situada en un edificio colectivo
  • Conforme a la RE2020
  • DPE clase A o B
  • Terminada después del 1 de enero de 2026

Vivienda antigua con obras

  • Situada en un edificio colectivo
  • Obras mínimas del 30% del precio de adquisición
  • DPE clase A o B después de las obras
  • Solo edificios colectivos

Compromisos del arrendador

Compromiso Detalle
Duración del alquiler 9 años (duración fija, sin opción)
Tipo de alquiler Alquiler no amueblado
Uso del inmueble Residencia principal del inquilino
Topes de alquiler Topes Pinel por zona ABC
Topes de recursos Condiciones de recursos del inquilino (decretos pendientes)

Prohibiciones

Alquiler familiar prohibido: La enmienda I-3970 excluye explícitamente el alquiler a ascendientes, descendientes y parientes políticos hasta el 2.º grado. Las viviendas unifamiliares también están excluidas del dispositivo.

Período de aplicación

El dispositivo se aplica a las adquisiciones realizadas entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2028. La Ley n° 2026-103 fue promulgada el 19 de febrero de 2026. El dispositivo es plenamente aplicable; los textos de aplicación y el baremo 2026 están publicados.

Topes de alquiler

Los topes de alquiler del Dispositivo Relance Logement están basados en los topes Pinel por zona ABC. Se prevén tres niveles: intermedio (tope Pinel, sin descuento), social (tope social municipal) y muy social (tope muy social municipal).

Zona Intermedio (Pinel) Social (tope social específico del municipio) Muy social (tope muy social específico del municipio)
A bis 19,71 €/m² Baremo municipal oficial Baremo municipal oficial
A 14,64 €/m² Baremo municipal oficial Baremo municipal oficial
B1 11,80 €/m² Baremo municipal oficial Baremo municipal oficial
B2 10,26 €/m² Baremo municipal oficial Baremo municipal oficial
C 10,26 €/m² Baremo municipal oficial Baremo municipal oficial
Coeficiente de superficie: 0,7 + 19/Superficie (limitado a 1,2). Este coeficiente multiplicador se aplica al tope de alquiler por zona para determinar el alquiler máximo por m².

El baremo 2026 está en vigor; los topes social y muy social pueden ajustarse municipio por municipio.

Comparativa de dispositivos fiscales inmobiliarios

La siguiente tabla compara los principales dispositivos de inversión inmobiliaria en Francia.

Criterio Pinel Denormandie Loc'Avantages Relance Logement
Período 2014-2024 Hasta el 31/12/2027 En vigor 2026-2028
Mecanismo Reducción de impuestos Reducción de impuestos Reducción de impuestos Amortización
Tasa/Ventaja 9% a 14% del precio 12% a 21% del precio 15% a 65% de los ingresos 3% a 5,5% anual
Duración 6, 9 o 12 años 6, 9 o 12 años 6 años mínimo 9 años fijo
Zonificación A bis, A, B1 Municipios elegibles Ninguna Ninguna
Tipo de inmueble Nuevo Antiguo con obras Antiguo Nuevo y antiguo
Edificios colectivos Sí (desde 2021) No requerido No requerido Obligatorio
Déficit inmobiliario 10 700 euros 10 700 euros 10 700 euros 10 700 euros o 21 400 €
Coste presupuestario 7 300 M euros - - 1 200 M euros

Seguimiento reglamentario

Estado de los textos reglamentarios necesarios para la aplicación del Dispositivo Relance Logement.

Textos publicados

Publicado
Ley n° 2026-103 del 19 de febrero de 2026 - Ley de presupuestos para 2026

Ley de presupuestos para 2026 que contiene el artículo 12 octies que instaura el Dispositivo Relance Logement. Promulgada el 19 de febrero de 2026, publicada en el Journal officiel n° 0043 del 20 de febrero de 2026.

Publicado
Decisión CC n° 2026-901 DC del 19 de febrero de 2026

El Consejo Constitucional ha validado la ley de presupuestos para 2026. El artículo 12 octies (Dispositivo Relance Logement) no fue objeto de ninguno de los cuatro recursos presentados (LFI, RN, PS, Écologistes) y no fue censurado.

Textos pendientes

Publicado
Decretos de aplicación

Decretos que fijan las modalidades de aplicación, el formulario 2044-EB y las condiciones de convenio. Publicados — el dispositivo es aplicable (baremo 2026).

Pendiente
Instrucciones fiscales BOFiP

Instrucciones de la administración fiscal que precisan las condiciones de aplicación y las obligaciones declarativas.

Pendiente
Resoluciones de topes de alquiler y recursos 2026

Resoluciones que fijan los topes de alquiler por municipio y los topes de recursos de los inquilinos para 2026.

FAQ jurídica

La Ley n° 2026-103 del 19 de febrero de 2026 de presupuestos para 2026 fue promulgada el 19 de febrero de 2026 y publicada en el Journal officiel n° 0043 del 20 de febrero de 2026. El Consejo Constitucional dictó su decisión n° 2026-901 DC el 19 de febrero de 2026, validando la ley de presupuestos. El artículo 12 octies que instaura el Dispositivo Relance Logement no fue objeto de ninguno de los cuatro recursos (LFI, RN, PS, Écologistes) y no fue censurado. El dispositivo está en vigor; el baremo 2026 de topes de alquiler está publicado.
Solo las viviendas situadas en edificios colectivos son elegibles. Las viviendas unifamiliares están excluidas. Para lo nuevo, la vivienda debe cumplir con la RE2020 y obtener un DPE clase A o B. Para lo antiguo, se requieren obras que representen al menos el 30% del precio de adquisición, con un DPE A o B después de las obras.
La amortización se aplica sobre el 80% del precio de adquisición (excluido el terreno). Las tasas varían del 3% al 5,5% según el tipo de inmueble (nuevo o antiguo) y el nivel de alquiler (intermedio, social, muy social). La amortización está limitada entre 8 000 y 12 000 euros anuales para lo nuevo, y entre 8 000 y 12 000 euros anuales para lo antiguo.
El compromiso es de 9 años, sin posibilidad de elección (a diferencia del Pinel que proponía 6, 9 o 12 años). El arrendador debe alquilar el inmueble no amueblado como residencia principal del inquilino. El alquiler a ascendientes, descendientes y parientes políticos hasta el 2.º grado está prohibido (enmienda I-3970).
Los topes de alquiler están basados en los topes Pinel por zona ABC. Tres niveles: intermedio (tope Pinel), social (tope social específico del municipio) y muy social (tope muy social específico del municipio). Los topes Pinel 2026 van de 10,26 €/m² (zona C) a 19,71 €/m² (zona A bis). Un coeficiente de superficie (0,7 + 19/Superficie, limitado a 1,2) se aplica al tope de zona.
Sí. La amortización puede generar un déficit inmobiliario imputable sobre la renta global, limitado a 10 700 euros anuales o 21 400 € si renovación energética. El excedente no imputable es trasladable a los ingresos por alquiler de los 10 años siguientes. Este mecanismo constituye un avance respecto al Pinel, cuya reducción de impuestos estaba limitada al impuesto adeudado.

Fuentes oficiales